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Sentencia del Juzgado de lo Social de Alicante por la que se reconoce Incapacidad Permanente Absoluta a trabajadora con Temblor esencial, temblor postural y de acciòn MSD, con temblor cefàlico y Trastorno depresivo mayor

 

 

La trabajadora desempeña su actividad laboral como funcionaria desde el año 1986 hasta que, en julio de 2015, inicia un perìodo de Incapacidad Temporal, agotando la duraciòn de 365 días del mismo. Una vez pasado el reconocimiento mèdico, el INSS resuelve con una pròrroga, siendo incoado el expediente de oficio por la propia administraciòn. 

 

Una vez incoado el expediente de Incapacidad Permanente, se emite un informe de valoraciòn mèdica que recoge como limitaciones orgànicas y funcionales de la trabajadora una persistencia de Temblor Esencial, Temblor Postural y de Acciòn en miembro superior derecho de gran amplitud con Temblor Cefàlico y Trastorno Depresivo mayor cronificado, Con èste cuadro clìnico, el especialista concluye que en la actualidad, la paciente, no puede desarrollar actividad laboral alguna, concluyendo asì el especialista que, en la actualidad no puede realizar actividades laborales productivas.

 

Así, el INSS resuelve reconocer a la trabajadora una Incapacidad Permanente en grado Total para su profesiòn habitual. Al no estar conforme con tal resoluciòn, se interpone un Escrito de Reclamaciòn Previa que es desestimado, por lo que se recurre a la vía judicial, presentando demanda ante los Juzgados de lo Social de Alicante. 


El informe de valoraciòn mèdica emitido por el INSS, refleja que el Temblor del miembro superior derecho es muy limitante para su vida normal, por lo que precisa ayuda para el vestido y la higiene y, ademàs, padece ansiedad e ideas de muerte debido a su precario estado fìsico.

 

En la exploraciòn actual, se objetiva Temblor Postural y de acciòn de MSD de gran amplitud con Temblor Cefàlico asociado. Segùn el mèdico evaluador, como consecuencia del cuadro tremòrico que sufre, la paciente ve interferido el normal desarrollo tanto de las actividades cotidianas como laborales. 

 

La paciente se encuentra en seguimiento por la Unidad de Salud Mental al padecer un  Trastorno Depresivo Mayor desde el año 2005; presentò un Trastorno Depresivo recurrente al que se le sumò un Trastorno Adaptativo mixto con ansiedad y estado de ànimo depresivo reactivo a las dolencias somàticas que padecìa y que le generaban algias muy intensas e importantes limitaciones que se fueron agravando con el paso del tiempo. 

 

Por todo lo anterior, la trabajadora solicita el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta, al considerar que està muy limitada para el desempeñar correctamente cualquier actividad. 

 

A la vista de los informes mèdicos aportados, que han sido tambièn recogidos por el EVI en su informe, este Juzgado considera que la trabajadora està incapacitada para todo tipo de actividad laboral normalizada, ya que ha quedado constatado que las patologìas que le afectan son irreversibles y definitivas, pues estàn cronificadas. Asì, el temblor està diagnosticado con màs de 15 años de evoluciòn, habièndose desaconsejado la opciòn quirùrgica y siendo rebelde a distintos tratamientos. Esta patologìa le limita incluso para actividades cotidianas como comer o vestirse y reduce su funcionalidad global. A lo anterior, hay que unirle un trastorno depresivo mayor cronificado, que tambièn limita su vida diaria, lo que le impide poder llevar a cabo cualquier actividad laboral. 

 

Por tanto, el Juzgado de lo Social estima la demanda interpuesta por la trabajadora, revocàndose asì la resoluciòn administrativa impugnada y reconocièndole una Incapacidad Permanente Absoluta.

 

Sentencia 113M Enf Neurologica.pdf
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