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El TSJ de Zaragoza desestima el recurso de suplicación del INSS y confirma la sentencia reconociendo una  Incapacidad Permanente Total a conductor debido a las secuelas producidas por un Trastorno Depresivo Mayor y Trastorno Bipolar tipo II

 

En el presente caso, el trabajador padece limitaciones derivadas de patologías psiquiátricas que merman su capacidad laboral, por lo que, solicita el reconocimiento de Incapacidad Permanente. El INSS deniega el reconocimiento de las prestaciones y el trabajador presenta un Escrito de Reclamación Previa, que la entidad gestora desestima. Agotada la vía administrativa, el paciente interpone una demanda ante los Juzgados de lo Social de Zaragoza.

 

El juzgador de instancia  hace alusión a los últimos informes en los que queda acreditado que la evolución de la patología crónica del trabajador (Trastorno Depresivo Mayor y Trastorno Bipolar tipo II) y la medicación pautada,  interfieren en la capacidad para  el desempeño del trabajo de conductor, con dificultades en las capacidades de cognición y atención y concentración, con inestabilidad anímica y dificultades para la realización de tareas habituales. En base a ello estima la demanda reconociendo al trabajador afecto de Incapacidad Permanente Total. Para ver la Sentencia del Juzgado de lo Social de Zaragoza pinche aquí.

 

No estando de acuerdo con dicha sentencia, el INSS presenta recurso de suplicación postulando la revisión del cuadro secuelas y de las limitaciones orgánicas y funcionales del trabajador. Asimismo, la Entidad Gestora alega que las dolencias del trabajador carecen de gravedad como para declararlo afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual, solicitando que se desestime íntegramente la demanda.

 

La sentencia del TSJ de Zaragoza constata que el trabajador padece trastorno depresivo mayor en contexto de trastorno bipolar tipo II, y que recientemente se ha producido una evolución tórpida de sus dolencias psiquiátricas que interfiere en la capacidad para el desempeño del trabajo de conductor, reiterando la presencia de dificultades en las capacidades de cognición, atención y concentración, inestabilidad anímica y dificultades para las tareas habituales. 

 

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Zaragoza indican que no hay razones para disentir de la sentencia recurrida, debiendo hacer hincapié en que las dolencias psiquiátricas del trabajador  son incompatibles con su profesión de conductor porque conlleva unas exigencias de atención, concentración y estabilidad anímica, so pena de causar un grave riesgo para el propio conductor o para terceros. Añaden los magistrados que a pesar de que el trabajador renovó los permisos de conducir necesarios para el desempeño de su trabajo, la evolución tórpida de sus dolencias se acredita en dos informes psiquiátricos emitidos con posterioridad a dicha renovación, y por tanto, tal circunstancia no debe impedir el reconocimiento de la pensión.

 

En definitiva, el TSJ de Zaragoza desestima el recurso de suplicación del INSS y confirma la sentencia estimatoria de Incapacidad Permanente Total.

 

 

Sentencia 02Z Enf. Psiquiatrica.pdf
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