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Sentencia del TSJ de Extremadura que reconoce una Incapacidad Permanente Total a Empleada de Banca debido a una patologìa visual y psiquiàtrica.
Nuestra cliente, Empleadada de Banca de profesiòn, presenta un Trastorno Depresivo Mayor de grado 2, junto con una Retinopatìa en ojo derecho con una limitaciòn visual de 2-3, lo cual, ùnicamente le permite la realizaciòn de actividades con exigencias visuales muy moderadas, no estresantes y que no acarreen un alto grado de responsabilidad, atenciòn y concentraciòn.
En el desarrollo habitual de sus funciones, se expone continuamente a la pantalla de un ordenador, siendo los requerimientos de un nivel de grado 3 sobre 4 que equivadrìa a una exigencia visual media-alta.
Por esto, los magistrados del TSJ de Extremadura entienden que las limitaciones visuales y psìquicas que presenta la trabajadora quedan acreditadas con los informes mèdicos, demostrando la incompatibilidad con los requerimientos funcionales de la profesiòn de Empleada de Banca.
Por tanto, el recurso planteado se estima reconociendo a la trabajadora, una prestaciòn por Incapacidad Permanente Total.