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Estimaciòn de Escrito de Reclamaciòn Previa,
por la que se reconoce una prestaciòn por Incapacidad Permanente Total a Administrativa de Banca por patologìa oftalmològica.
La trabajadora, tiene un cuadro clìnico que afecta a su visiòn ya que padece, segùn diagnòstico, una Coriorretinopatìa Miòpica con lesiòn hemorràgica en ambos ojos, Miopìa magna degenerativa, Miodesopsias, Estrabismo, Endrotropia con Diplopìa tanto para lejos como para cerca, Cataratas incipientes, añadiendo ademàs una importante limitaciòn para la lectura y trabajo en ordenador no siendo capaz de mantener màs de una hora seguida de trabajo debido a la manifestaciòn de la Diplopìa y de la incapacidad para compensar de forma espontànea.
Tras fase de rehabilitaciòn, no se halla mejorìa.
A raìz de las secuelas que padece, la paciente, causa baja por incapacidad temporal que, se alargarà hasta los 365 dìas, y a la que se añadirà ademas, una pròrroga posterior de 6 meses.
Una vez agotado el perìodo màximo de incapacidad temporal, el INSS inicia un proceso de Incapacidad Permanente que es denegado al considerar que la trabajadora no alcanza un grado suficientemente grave de lesiones, ademàs de que no disminuyen su capacidad laboral.
Dada la gravedad del cuadro clìnico descrito, la compareciente solicita el reconocimiento de las prestaciones por Incapacidad Permanente Total para su profesiòn habitual de Administrativa de Banca, y para ello, presenta un Escritor de Reclamaciòn Previa.
Las pretensiones que se solicitan en dicha reclamaciòn son estimadas por el INSS, reconociendo la limitaciòn de la trabajadora para realizar las tareas que viene desempeñando en sus labores habituales derivado, todo ello, del cuadro clínico que padece.
Así, se le reconoce una Incapacidad Permanente Total para su profesiòn habitual Administrativa de la Banca y se le concede el derecho a la percepciòn de una pensiòn vitalicia mensual de una cantidad equivalente al 55% de su base reguladora.