En Madrid: 91.530.96.95 / 91.530.96.98 /91.539.04.42
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Sentencia que reconoce Incapacidad Permanente Total para la profesiòn de teleoperadora, debido a Hipoacusia Neurosensorial Bilateral y Dèficit Atencional, entre otras patologìas.
La profesiòn habitual de la trabajadora es la de Teleoperadora.
La demandante presenta el siguiente cuadro clìnico: Fibromialgia, FM; Sìndrome de Fatiga
Crònica, SFC/EM; Sìndrome de Apnea-Hipoapnea del sueño en tratamiento; Asma Alèrgico; Hipoacusia Neurosensorial Bilateral; Vejiga Neurògena; Obesidad Mòrbida y Dèficit Atencional.
Ante esta situaciòn, la trabajadora solicita una prestaciòn por Incapacidad Permanente, pero el INSS la deniega alegando que no presenta reducciones anatòmicas o funcionales que
disminuyan o anulen su capacidad laboral.
Frente a esta resoluciòn, se interpone un Escrito de Reclamaciòn Previa, que el INSS desestima, dando por finalizada la vìa
administrativa.
En vìa judicial, se estima el pedimento subsidiario de la demanda y se concede la Incapacidad Permanente Total a la demandante, entendiendo el juzgador que la Hipoacusia Neurosensorial Bilateral y el Dèficit Atencional con olvidos frecuentes padecidos por la trabajadora resultan incompatibles con una profesiòn como la de teleoperadora, que tiene como exigencias bàsicas la capacidad para la conversaciòn y para la atenciòn.