Madrid: 91.530.96.95 / 91.530.96.98 /91.530.04.42
Zaragoza: 876.702.767 / 673.235.484
La Incapacidad Laboral se convierte en una figura fundamental para cualquier persona enferma, que de la noche a a mañana se ve impedida y no puede continuar desempeñando su actividad laboral. Su verdadera importancia y trascendencia va aumentando conforme avanza el tiempo de baja medica; baja que en los inicios de la enfermedad, el mèdico de atenciòn primaria suele emitir sin mayor problema.
Cuando de produce una alteraciòn de la salud, el interès del enfermo radica en saber que le ocurre, es decir, en la bùsqueda de un diagnòstico certero y un tratamiento que le devuelva su capacidad laboral. A medida que pasa el tiempo y no se produce mejorìa alguna que permita la enfermo volver a su trabajo, comienza el verdadero interès por la figura de la Incapacidad Laboral.
En primer lugar, hay que distinguir el Grado de Discapacidad de la Incapacidad Laboral; tèrminos muy diferentes y que por lo general lleva a equìvocos.
Hay dos tipos de Incapacidad Laboral, dependiendo de si el enfermos recupera la capacidad laboral o no:
La situaciòn de Incapacidad Permanente genera una prestaciòn que es reconocida por el INSS.
Dicha calificaciòn la realizan los Servicios Sociales de los Gobiernos de cada comunidad autònoma.
Si el Grado reconocido alcanza o supera el 33%, se generan una serie de beneficios, a saber:
Ademàs, el reconocimiento del Grado de Discapacidad puede dar lugar a una Pensiòn no Contributiva de Invalidez que se otorga a quienes no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social, siempre y cuando, ademàs, se reùnan estos requisitos.