En Madrid: 91.530.96.95 / 91.530.96.98 /91.539.04.42
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Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimando recurso de suplicación en solicitud de una prestación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual de educadora infantil.El Juzgado de lo Social dictó inicialmente una sentencia desestimatoria por entender que, la trabajadora estaba capacitada para desempeñar su trabajo de educadora infantil a pesar de presentar, fundamentalmente, un cuadro con patología psiquiatrica unido a un cuadro de fibromialgia y Sídrome de Fatiga Crónica, SFC/EM.Como consecuencia del impacto funcional que deriva de su cuadro clínico perdió el trabajo de educadora infantil.Ahora el TSJ de Madrid, estima el recurso de suplicación planteado al entender que no está capacitada para desempeñar ese trabajo.Así, declara que la trabajadora, debe percibir una pensión por el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total para dicha profesión.Dicha prestación, es compatible con el trabajo de administrativa que inicio con posterioridad a que el INSS le denegara inicialmente la prestación de Incapacidad Permanente.Por tanto puede percibir su salario como administrativa y su pensión de incapacidad.