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Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid favorable a Visitadora Mèdica que revoca la resoluciòn del INSS de Incapacidad Permanente Total, reconocièndole una Incapacidad Permanente Absoluta.

 

 

La trabajadora, Visitadora Mèdica de profesiòn, presenta el siguiente cuadro clìnico:

 

  • Secuelas producidas por Hamartoma Quìstico en regiòn sacra y prerectal, con amputaciòn a dichos niveles.
  • Dolor crònico en tratamiento farmacològico y neuromodulador.
  • Dolor crònico perineal con limitaciòn a bipedestaciòn, deambulaciòn y sedestaciòn prolongadas.
  • Incontinencia tanto urinaria y fecal.

El INSS considera que el cuadro clìnico de la trabajadora solo le limita para las tareas de su profesiòn habitual de Visitadora Mèdica por lo que le reconoce una prestaciòn por Incapacidad Permanente Total.

 

Al no estar de acuerdo con el grado concedido, se inicia la vìa administrativa presentando un Escrito de Reclamaciòn Previa y solicitando el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta, pero es desestimado.

 

La trabajadora no ceja en su empeño y abre la vìa judicial interponiendo una demanda ante el Juzgado de lo Social.

 

En la sentencia se recoge como hecho probado, aparte de las secuelas arriba referidas, que la trabajadora continua con dolor neuropàtico, dolor a nivel de intensidad y de caracterìsticas que lo hacen invalidante, que incapacitan a la trabajadora para la realizaciòn de diversas tareas bàsicas de la vida cotidiana y cualquier actividad reglada. El dolor es suficiente para limitar a la paciente para cualquier tarea laboral pero, ademàs, presenta incontinencia urinaria de esfuerzo y de urgencia junto a incontinencia fecal de esfuerzo.

 

En base a ello, el juzgador determina que la capacidad de la trabajadora ha quedado tan reducida que no puede encajar en el mundo laboral comùn con una garantìa de resultado y un rendimiento econònomico aprovechable que va a exigir cualquier empleador, por lo que, estima la demanda y le reconoce la prestaciòn por Incapacidad Permanente Absoluta.

 

 

Sentencia 134M Enf Digestiva.pdf
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