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Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid que reconoce Incapacidad Permanente Absoluta a Teleoperadora debido a las secuelas que le provoca la Hidrosadenitis Supurativa
Nuestra clienta, teleoperadora de profesiòn, padece Hidrosadenitis Supurativa Hurley III, que se resiste al tratamiento. Se trata de una enfermedad dermatològica que se manifiesta en forma de brotes provocando lesiones inflamatorias recidivantes en la cara interna de los muslos, ingles, pubis, pliegue interglùteo, mamas y axilas, impidièndole el desarrollo de una vida laboral y social normalizada, no solo por las lesiones, sino por el dolor, supuraciòn de los abcesos que provocan manchas en la ropa y mal olor.
La paciente ha sido sometida a mùltiples tratamientos sin que haya podido conseguir el control de tales lesiones siendo su evoluciòn, por tanto, desfavorable.
Los brotes se suceden de forma continua, de modo que su estado clínico hace necesario acudir semanalmente a consulta para drenar y tratar las lesiones activas. Todo este cuadro descrito, ha provocado en la trabajadora un trastorno adaptativo mixto de ansiedad y depresiòn.
Tras un largo proceso de Incapacidad Temporal, el INSS reconoce a la trabajadora una prestaciòn de Incapacidad Permanente Total para su profesiòn habitual de Teleoperadora.
Al no estar de acuerdo con la resoluciòn emitida, la trabajadora la impugna solicitanto el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta.
El juzgador entiende que si con esta dolencia dermatològica, la trabajadora no puede realizar su trabajo de teoperadora (trabajo sedentario y que no realiza cara al pùblico), debido al dolor que las heridas provocan en sedestaciòn, tampoco podrìa en movimiento debido al roce y la necesidad de realizar constantes curas y limpiezas de las heridas.
Asi, concluye que el cuadro clìnico descrito es incompatible con el desarrollo de una actividad profesional y estima la demanda presentada y reconoce a la trabajadora una prestaciòn por Incapacidad Permanente Absoluta.